Puedes hacer una donación online por transferencia, con tarjeta de crédito o por Bizum.
Las donaciones a ONGs declaradas de Utilidad Pública, son deducibles del IRPF o Impuestos de Sociedades. Puedes recuperar hasta un 80% de tus aportaciones Mas información
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Si has decidido hacerte socio o realizar un donativo puntual a COEM te informamos que puedes desgravarte estas donaciones de tu declaración de la renta. Conocer las deducciones aplicables a las donaciones que se realicen en favor de COEM como entidad acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre:
Personas Físicas (IRPF) Porcentaje de deducción
Primeros 150€ 80%
Resto 35%
Donaciones plurianuales 40%
(a la misma entidad durante
al menos 3 años) > 150€ *
Límite deducción base liquidable 10%
*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
Personas Jurídicas (IS) Porcentaje de deducción
Donaciones en general 35%
Donaciones plurianuales 40%
(a la misma entidad durante
al menos 3 años)*
Límite deducción base imponible 10%
*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
Si eres persona física, en el IRPF correspondiente a este año podrás deducirte el 80% del importe de tus cuotas y/o donativos íntegros por aportaciones de hasta 150€ al año. A partir de esa cantidad la deducción será del 35% o del 40% si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos, con un límite del 10% de la base liquidable.
Si eres persona jurídica, en el impuesto de sociedades podrás deducirte el 35% de tus cuotas y/o donativos íntegros. Si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos la deducción será del 40%, con un límite del 10% de la base imponible.
Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en Agencia Tributaria
Si resides en una comunidad autónoma sujeta a un régimen foral particular o que ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG, las deducciones aplicables pueden ser diferentes.
Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu DNI o NIF y domicilio.
Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: